
La CE impone el derecho antidumping
Miércoles, 30 de abril de 2025
Miércoles, 24 de octubre de 2018
ADINE ha informado a todos sus asociados que, tras la publicación el 22 de octubre en el DOUE del Reglamento (UE) 2018/1579, la CE ha impuesto el derecho antidumping definitivo sobre las importaciones de determinados neumáticos de China.
La Asociación Nacional de Distribuidores e Importadores de Neumáticos (ADINE), que representa a la gran mayoría de importadores del sector del neumático en España, ha informado a sus afiliados sobre los neumáticos, nuevos o recauchutados, del tipo utilizado en autobuses o camiones, con un índice de carga superior a 121, actualmente incluidos en los códigos TARIC 4011 20 90 y 4012 12 00, originarios de la República Popular China.
Dichas medidas definitivas, que entrarán en vigor a partir del 23 de octubre de 2018 (fecha de entrada en vigor del citado Reglamento) y reemplazarán con efecto inmediato a las medidas provisionales publicadas el pasado mes de mayo.
Los tipos del derecho antidumping definitivos impuestos por la CE expresados en euros por artículo del producto, oscilan entre 42,73 € a 61,76 €, en función de las empresas que figuran en el propio Reglamento y serán los siguientes:
Empresa |
Derecho Antidumping Definitivo |
Código TARIC adicional |
|
61,76 |
C331 |
|
47,96 |
C332 |
|
49,44 |
C333 |
|
42,73 |
C334 |
|
49,31 |
- |
|
61,76 |
C999 |
La aplicación de estos tipos estará condicionada a la presentación a las aduanas de los Estados miembros de una factura comercial válida en la que figure una declaración fechada y firmada por un responsable de la entidad que expida dicha factura con los requisitos, identificado por su nombre y cargo y con el texto establecido en el propio Reglamento mencionado.
Asimismo, la Comisión Europea (CE) supervisará las importaciones de ruedas, las ruedas para remolques y las ruedas para semirremolques equipadas con neumáticos, nuevos o recauchutados, de caucho, de los tipos utilizados en autobuses o camiones, con un índice de carga superior a 121, debido a que entiende que existe el riesgo de que los operadores utilicen la importación de ruedas equipadas con neumáticos chinos a fin de minimizar los riesgos para eludir dichas medidas antidumping definitivas.
Destacar también que dado que los aranceles definitivos fijados ahora son inferiores a los que se establecieron en el mes de mayo de manera provisional, las aduanas liberarán o reintegrarán el exceso abonado que será devuelto a los importadores.
Por último, resaltar que ADINE, como voz autorizada del sector del neumático y asociación española personada en el procedimiento antidumping desde su inicio, seguirá informando puntualmente a todos sus asociados de cualquier notificación recibida desde la CE del procedimiento en cuestión, así como las posibles consecuencias que deriven del mismo.
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Créditos d: Alex Guimerà & d: Marc Perez